Milei libera el envasado de yerba: fin a restricciones regionales
Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, el presidente Javier Milei derogó el artículo 160 de la Ley 27.114, conocida por regular la Radicación y creación de establecimientos para la instauración de un Régimen de Envasado en Origen de la Yerba Mate o Ilex Paraguariensis en la región productora, la cual estaba en vigor desde el 2014. Con esta derogación, ya no será obligatorio envasar la yerba exclusivamente en Misiones y Corrientes. A partir de ahora, la yerba podrá ser envasada en cualquier formato desde Ushuaia hasta La Quiaca, sin restricciones ni denominación de origen.
La ley anteriormente vigente tenía como propósito fomentar la instalación de establecimientos para implementar un Régimen de Envasado en Origen de la Yerba Mate o Ilex Paraguariensis en la región productora. Con este cambio, se pone fin al mecanismo de promoción de la radicación de envasadoras mediante la denominación de origen.
De acuerdo con la ley derogada, los estados provinciales de la región productora tenían la facultad de autorizar la comercialización a granel cuando la Yerba Mate o Ilex Paraguariensis molida o canchada estuviera destinada a la exportación. No obstante, esta yerba no podía ser objeto de un nuevo fraccionamiento o envasado fuera de la región productora hasta llegar a su destino final en el extranjero.
Esta normativa implicaba la obligación de que la yerba mate destinada a la comercialización en Argentina fuera fraccionada y envasada exclusivamente en las provincias de Misiones o Corrientes, a menos que se utilizara para mezclas con hierbas, frutas o esencias. A partir de hoy, esta restricción llega a su fin.
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